DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contesta refiérase
Al oficio No. 03619
LEV-PROH No. 15-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las nueve horas del veintiséis de abril
de dos mil once. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Se conocen diligencias presentadas por el señor Julián Jiménez Rojas, en representación de la empresa
Consultora y Constructora Jiménez S. A. cédula jurídica 3-101-175114, tendientes a obtener, de parte
de este órgano contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22 y 22 bis de la
Ley de la Contratación Administrativa, ya que procreó dos hijas junto con la señora Proveedora de la
Municipalidad de Guácimo, Zilenia Venegas Vargas, cédula 3-0358-0218.--------------------------------------
RESULTANDO
I. En la gestión presentada se indica que la empresa Consultora y Constructora Jiménez S. A., se encuentra
inscrita en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos desde el año 1999. Es una empresa dedicada a
la construcción de caminos y puentes, en todo el territorio nacional y con más operaciones en la zona
atlántica, incluyendo la Municipalidad de Guácimo, debido a su ubicación geográfica. Asimismo, se
indica que forma parte del Registro de Proveedores de esa Municipalidad desde el año 2005. Se menciona
además, que la actual proveedora Municipal, señora Zilenia Venegas Vargas, quien fue nombrada el
pasado 11 de marzo de 2011, y el señor Jiménez Rojas tienen dos hijas en común, pese a ello no existe
ningún vínculo, llámese unión de hecho o matrimonio que los relacione. Así, solicita el levantamiento de
la prohibición en caso de ésta exista.------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: De la información suministrada por el señor Miguel Alfaro Villalobos, se
tiene por acreditado, lo siguien ...
Fecha publicación: 29/04/2011
Fecha emisión: 26/04/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Impedimentos para contratar, Trámite para el levantamiento, Levantamiento de la prohibición, Verificación del régimen de prohibiciones
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03553
LEV-PROH No.14-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las nueve horas del veinticinco de abril de dos mil once. ---------------------------------------------------
Se conocen diligencias presentadas por la empresa Constructora e Inversiones Murillo Esquivel Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-416850, mediante las cuales pretende obtener por parte de la
Contraloría General el levantamiento de la prohibición dispuesta en la Ley de Contratación Administrativa
y su reglamento en razón de que el apoderado generalísimo de la citada empresa es cónyuge de una
funcionaria de la Municipalidad de Aguirre quien ocupa el puesto de Coordinadora del Departamento de
Ingeniería y Control Urbano a. i. ----------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. En la gestión se solicita el levantamiento de la incompatibilidad dispuesta en el artículo 22 bis de la Ley
de Contratación Administrativa (LCA) en relación con el artículo 23 de la misma ley, por cuanto se indica
que el apoderado generalísimo de la empresa Constructora e Inversiones Murillo Esquivel Sociedad
Anónima es cónyuge de una funcionaria de la Municipalidad de Aguirre quien ocupa el puesto de
Coordinadora del Departamento de Ingeniería y Control Urbano a. i. de la señalada Municipalidad, y
poder así ejercer su actividad dado que su giro comercial es la prestación de servicios de la construcción
en general. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: De la información y documentación suministrada por el gestionante, este
Despacho tiene por acreditados los siguientes hechos de interés: 1) Que el señor Wilber Martín Esquivel
Murillo portador de la cédula de ...
Fecha publicación: 28/04/2011
Fecha emisión: 25/04/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Definición puestos de injerencia o poder de decisión, Prohibición de influencias
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03301
LEV-PROH No. 13-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las nueve horas del ocho de abril de dos mil once. -----------------------------------------------------------
Se conocen diligencias presentadas por la empresa Cen-Sport International Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-391326, mediante las cuales pretende obtener por parte de esta Contraloría General
el levantamiento de la prohibición estipulada en los artículos 22 y 22 bis de la Ley de la Contratación
Administrativa, para que la mencionada sociedad pueda participar válidamente en los procedimientos de
contratación administrativa relacionados con la venta de artículos, accesorios, implementos, equipos
deportivos y actividades afines con la Municipalidad del Cantón Central de San José.--------------------------
RESULTANDO
I. Con la gestión la empresa Cen-Sport Internacional Sociedad Anónima pretende el levantamiento de la
incompatibilidad, previsto en el numeral 23 de la Ley de Contratación Administrativa (LCA) en relación
con el artículo 22 bis de la misma ley, ante la posibilidad de que presente la causal de prohibición por
cuanto la señora Sandra García Pérez (conocida como María Isabel García Pérez), nombrada vicealcaldesa
de la citada Municipalidad de San José, tiene una relación de parentesco con miembros de la Junta
Directiva de la empresa Cen-Sport Internacional Sociedad Anónima.---------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: De la información y documentación suministrada por la gestionante, este
Despacho tiene por acreditados los siguientes hechos de interés: 1) a) Que la señora Sandra García Pérez
(conocida como María Isabel García Pérez) es esposa del señor Guido Orlando Granados Ramírez b) Que
el señor Guido Orlando Granados Ramírez es hermano ...
Fecha publicación: 14/04/2011
Fecha emisión: 08/04/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Impedimentos para contratar, Verificación del régimen de prohibiciones, Definición puestos de injerencia o poder de decisión, Levantamiento de la prohibición, Trámite para el levantamiento, Efectos de la resolución que levanta la prohibición, Prohibición de influencias
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03234
LEV-PROH-12-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las nueve horas del seis de
abril de dos mil once. ---------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Se conocen diligencias presentadas por Leslie Sisfontes Jiménez., cédula número 600800964,
tendentes a obtener, de parte de este Órgano Contralor, el levantamiento de la prohibición regulado
en la Ley de la Contratación Administrativa y su Reglamento, según se indicó respecto a la empresa
LoAnalítico Químico S.A., la cual representa. Lo anterior a fin de que dicha empresa pueda vender
“toda clase de accesorios e insumos para laboratorio, solventes y reactivos, a todas las
dependencias del Ministerio de Agricultura y Ganadería, MAG”. -----------------------------------------
II.- En la gestión presentada, se indica que el señor Leslie Sisfontes, es el esposo de la señora
Magna González Arroyo, quien es la directora de la Dirección del Servicio Fitosanitario del Estado,
dependencia del MAG, a partir del 10 de mayo de 2011.-----------------------------------------------------
III.- La presente resolución se adopta dentro del plazo previsto por el artículo 23 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa. ------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
IV.- De conformidad con el artículo 22 de la Ley de la Contratación Administrativa la prohibición
para contratar con la Administración se extiende a la participación en los procedimientos de
contratación y a la fase de ejecución del respectivo contrato, siendo que en el artículo 22 bis de la
misma Ley se indican los supuestos en los cuales se estaría ante dicha prohibición. Así, en el caso
de estar en presencia de alguno de ellos y bajo el interés de contratar con el Estado, deberá
solicitarse el respectiv ...
Fecha publicación: 12/04/2011
Fecha emisión: 06/04/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03165
LEV-PROH-11-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José a las diez del cinco de abril
del dos mil once -----------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
Diligencias presentadas por la Licenciada Ileana Arguedas Maklouf cédula de identidad uno-
seis nueve seis- tres siete cuatro, para que se proceda con el trámite de levantamiento de
prohibición regulado en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento a efectos de
que dicha profesional, pueda contratar con el Sistema Bancario Nacional y cualquier otra
institución de manera que pueda ejercer en forma libre y sin impedimentos su profesión de
Abogada y Notaria. -------------------------------------------------------------------------------------------
I. POR CUANTO: Expone la Señora Ileana Arguedas Maklouf que es Abogada y Notaria,
Master en Derecho Empresarial y Tributario, y que se incorporó al Colegio de Abogados el 7 de
mayo de 1996, y que desde el inicio de su profesión se ha dedicado al Derecho empresarial,
civil y comercial, con un gran enfoque en materia notarial y cobro judicial, como abogada
externa en diferentes empresas. Agrega que la señora Evita Arguedas Maklouf es su hermana y
que actualmente es miembro de la Junta Directiva del Banco de Costa Rica (fue nombrada del
primero de junio de dos mil diez hasta el treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho). También
expone que la Señora Eva Maklouf Coto fue nombrada en la Junta Directiva del Banco Popular
y de Desarrollo Comunal a partir del 8 de octubre de 2010). Que por lo anterior, se encuentra
inhabilitada para contratar por vínculo de consanguinidad en el Sistema Bancario Nacional y
cualquier otra institución. -----------------------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: De la información aportada por ...
Fecha publicación: 08/04/2011
Fecha emisión: 05/04/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición, Trámite para el levantamiento
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03139
LEV-PROH No. 10-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las nueve horas del cinco de abril de
dos mil once.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por la señora María Eugenia Venegas Renauld, cédula número 1-408-427,
accionista de la sociedad Bajo El Cariblanco S.A., cédula jurídica 3-101-19573, para que se proceda con
el trámite de levantamiento de la prohibición a esa sociedad, previsto en los artículos 23 de la Ley de
Contratación Administrativa (LCA) y 22 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa
(RLCA), a efectos de que un inmueble del cual dicha sociedad es copropietaria, pueda ser arrendado por la
firma Eólica Valle Central S. A. para el desarrollo del Parque Eólico Valle Central.----------------------------
I. POR CUANTO: La gestionante señala que la sociedad Bajos El Cariblanco S. A., es propietaria, junto
con las firmas Tres Hermanos VD S.A. e Inversiones Noral N&A S. A., de la finca número 323988,
inscrita en San José. Indica, que Bajo El Cariblanco tiene una participación del 52%, Tres Hermanos VD
un 30% y el restante 18% corresponde a Inversiones Noral N&A. Manifiesta, que ella y sus 4 hermanos
son accionistas en partes iguales de la empresa Bajo El Cariblanco S.A. Agrega, que la empresa Eólico
Valle Central S.A., requiere constituir un contrato de arrendamiento de la finca inscrita en el Registro
Nacional, provincia de San José, matrícula 323988, ya que el mismo resulta indispensable para el
desarrollo y construcción del proyecto eólico del Valle Central. No obstante, manifiesta que a partir del 1°
de mayo de 2010 ocupa el puesto de diputada.----------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: De la informa ...
Fecha publicación: 08/04/2011
Fecha emisión: 05/04/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Impedimentos para contratar, Verificación del régimen de prohibiciones
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03080
LEV-PRO-9-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las nueve horas del primero de abril
de dos mil once. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas por el señor Héctor Adolfo Cruz Molina, Presidente con facultades de Apoderado
Generalísimo sin límite de suma de la sociedad MACORI MAQUINARIA AGRÍCOLA DE COSTA
RICA S.A., para que se proceda con el levantamiento de la prohibición para contratar con la
Administración Pública, que afecta a su representada.----------------------------------------------------------------
I. POR CUANTO: El gestionante señala que es Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin
límite de suma de la sociedad MACORI MAQUINARIA AGRÍCOLA DE COSTA RICA S.A., empresa
dedicada a la distribución de Maquinaria, Equipos e Implementos Agrícolas y de Construcción, venta de
repuestos y con taller de servicio, y que como distribuidor exclusivo para Costa Rica de una serie de
marcas de equipos, ha participado en diversos procesos de contratación durante los últimos 30 años.
Señala que el día 15 de febrero del 2011, el señor José Alejandro Cruz Molina, fue juramentado como
Ministro de Ciencia y Tecnología, nombramiento que aduce como producto de la inesperada renuncia de
la anterior Ministra, por lo cual señala que se origina en acciones inesperadas, imposibles de preveer y
ajenas al ámbito de acción de la empresa que representa, al constituir decisiones tomadas por terceras
personas. Alega el gestionante, que el Señor Ministro es su hermano (Presidente con facultades de
Apoderado Generalísimo sin límite de suma) y de la señora Olga Cruz Molina (Tesorera de la empresa),
además, cuñado de la señora Ana Sofía Fernández Vilapriño (Secretaria con facultades de Apoderada
Generalísima), tío de la señora Diana María Cruz ...
Fecha publicación: 06/04/2011
Fecha emisión: 01/04/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03085
04 de abril, 2011
DCA-0896
Arquitecto
Jorge Abarca Acuña
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio con relación a la consulta formulada por el arquitecto Jorge Abarca
Acuña, respecto a la posibilidad de participar en una licitación.
Damos respuesta a su oficio JAA-001-2010 de fecha 08 de febrero del 2011, mediante el cual
plantea la consulta respecto a si el puesto que ocupa dentro de la C.C.S.S, y el permiso sin goce de
salario con el que cuenta, le imposibilita participar en un procedimiento de contratación
administrativa que llevará a cabo esa misma Institución.
A solicitud de este Despacho, se brindó información adicional mediante oficios JAA-002-
2011, y JAA-004-2011, así como en un reunión sostenida con el gestionante el pasado 21 de marzo
en las instalaciones de esta Contraloría General de la República.
II..-- MMoottiivvoo ddee llaa ccoonnssuullttaa::
En la gestión presentada, que se fundamenta en lo dispuesto en el párrafo tercero del inciso d) del
artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa (LCA), el señor Jorge Abarca Acuña indica
que es funcionario de la Caja Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S.), que actualmente cuenta un
permiso sin goce de salario (desde el 04 de febrero del año 2010 y hasta el 04 de febrero del 2012), y
que su plaza es en propiedad como profesional 4, según el Manual de Puestos de esa Institución.
Señala que en forma interina fue el encargado de la Unidad Ejecutora Plan Nacional de
Infraestructura Hospitalaria, la cual surge para desarrollar una serie de proyectos determinados
(Hospital de Heredia, Hospital de las Mujeres, Centro de Atención Integral en Salud de Cañas,
Centro de Atención Integral en Salud Puriscal, Centro de Atención Integral en Salud de Siquirres,
Resonancia Magnética del Hospital Calderón Guardia, EBAIS de San Pablo de Oreamuno y Pu ...
Fecha publicación: 04/04/2011
Fecha emisión: 01/04/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Definición puestos de injerencia o poder de decisión, Impedimentos para contratar, Verificación del régimen de prohibiciones
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02760
LEV-PROH-08-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las once horas del veintitrés de
marzo del dos mil once. -------------------------------------------------------------------------------------------
Diligencias presentadas el día 18 de febrero del 2011 por los señores Olga Cruz Molina, portadora
de la cédula de identidad número 3-228-847 y Miguel Gutiérrez Solís, portador de la cédula de
identidad número 2-324-010 ambos en su condición de cónyuges y representantes legales de la
empresa DECOLIM LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-189813 con facultades
de apoderados generalísimos sin limite de suma, tendientes a obtener de parte de este Órgano
Contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22 y 22 bis de la Ley de
Contratación Administrativa, a efectos de que dicha sociedad pueda participar como oferente en los
procedimientos de contratación para desarrollo de su actividad comercial de servicios de
fumigación y control de plagas, limpieza, barrido mecánico, aspirado, recolección y eliminación de
escombros, mantenimiento de áreas verdes y marcado de canchas que promueva la Administración
Pública. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------
I. POR CUANTO: Quienes gestionan, señalan que DECOLIM LIMITADA, es una empresa
debidamente inscrita y vigente desde el año 1996. Agrega, que sus representantes legales son Olga
Cruz Molina y Miguel Gutiérrez Solís. Manifiestan que el capital social de la empresa pertenece en
un 100% a Olga Cruz Molina. Señalan además que el objeto principal de la empresa es la
prestación de servicios de limpieza, la agricultura, la ganadería y el comercio en general y que
desde el año 2000 se ha especializado en el manejo integral de plagas industriales, participando en
contratacio ...
Fecha publicación: 26/03/2011
Fecha emisión: 23/03/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Asunto: DILIGENCIAS PRESENTADAS POR LOS SEÑORES GUIDO GRANADOS RAMÍREZ, MAYOR DE EDAD, CASADO, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 900130151, Y ANIBAL GRANADOS RAMÍREZ MAYOR DE EDAD, CASADO, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº104121188, AMBOS EN SU CONDICIÓN DE PRESIDENTE Y TESORERO, RESPECTIVAMENTE, AMBOS CON FACULTADES DE APODERADO GENERALÍSIMO SIN LÍMITE DE SUMA DE LA EMPRESA ETERNAL FOREST SOCIEDAD ANÓNIMA, CON CÉDULA JURÍDICA 3-101-278157, TENDENTES A OBTENER, DE PARTE DE ESTE ÓRGANO CONTRALOR, EL LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICIÓN QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 22 Y 22 BIS DE LA LEY DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, PARA PODER PARTICIPAR VÁLIDAMENTE EN CONTRATACIONES DIRECTAS Y LICITACIONES DE ARTÍCULOS, ACCESORIOS, IMPLEMENTOS Y EQUIPOS DEPORTIVOS QUE PROMUEVA LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ, EL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE SAN JOSÉ Y DEMÁS ÓRGANOS RELACIONADOS CON LA MUNICIPALIDAD
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02759
LEV-PROH-7-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las diez horas con treinta minutos del
veintitrés de marzo del dos mil once. Diligencias presentadas por los señores Guido Granados Ramírez,
mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad Nº 900130151, y Anibal Granados Ramírez
mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad Nº104121188, ambos en su condición de presidente
y tesorero, respectivamente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Eternal
Forest Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-278157, tendentes a obtener, de parte de este órgano
contralor, el levantamiento de la prohibición que establecen los artículos 22 y 22 bis de la Ley de la
Contratación Administrativa, para poder participar válidamente en contrataciones directas y licitaciones de
artículos, accesorios, implementos y equipos deportivos que promueva la Municipalidad de San José, el Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de San José y demás órganos relacionados con la municipalidad. ------------
RESULTANDO
1-Que mediante escrito presentado en fecha 21 de febrero del 2011, los señores Guido Granados Ramírez
y Aníbal Granados Ramírez, en su condición respectiva de Presidente y Tesorero, ambos con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Eterna Forest S.A., solicitaron a este órgano
contralor el levantamiento de la prohibición que le asiste por ser en el mismo orden, cónyuge y cuñado de
la señora Sandra García Pérez cc María Isabel García Pérez, Vice alcaldesa electa del cantón central de la
provincia de San José.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Que el artículo 22 bis, inciso b) de la Ley de la Contratación Administrativa dispone que están inhibidos de
participar, directa o in ...
Fecha publicación: 26/03/2011
Fecha emisión: 23/03/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: LEVANTAMIENTOS DE PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Proceso: LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
Tesauro: Levantamiento de la prohibición